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Subvenciones destinadas a personas con discapacidad física, intelectual o sensorial en situación de dificultad o vulnerabilidad social.

Se ha publicado en el Boletín Oficial de la comunidad de Madrid las  Subvenciones destinadas a personas con discapacidad física, intelectual o sensorial en situación de dificultad o vulnerabilidad social, imprescindibles para su autonomía personal (Orden 332/2018, de 6 de marzo, del Consejero de Políticas Sociales y Familia, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2018 de ayudas para el fomento de la autonomía personal y la promoción de la accesibilidad a personas con discapacidad en situación de dificultad o vulnerabilidad social). A continuación tenéis un resumen:

Los requisitos generales son:

  1. Ser español u ostentar la condición de ciudadano de un estado miembro de la unión europea.
  2. Estar empadronado en cualquiera de los municipios de la Comunidad de Madrid, con al menos un año continuado e inmediatamente anterior a la fecha de finalización del plazo de solicitud de la ayuda.
  3. Tener reconocido un grado de discapacidad de, al menos, un 33 por ciento.
  4. Existir una relación directa entre la ayuda solicitada y la discapacidad reconocida oficialmente.
  5. No tener más de sesenta y cinco años el 31 de diciembre del año para el que se concede la ayuda.
  6. Acreditar situación de dificultad o vulnerabilidad social, según la declaración establecida a tal efecto en el Anexo 1.
  7. No estar incurso en las causas de prohibición para obtener la condición de beneficiario establecido en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, 17 de noviembre, según la declaración establecida a tal efecto en el Anexo I. En todo caso, estarán exonerados en la fase de pago y, por analogía, en la fase de concesión, de acreditar el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, y de no tener deudas en período ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid, en virtud de lo establecido en los apartados c) y d) del artículo 3.1 de la Orden 2532/1998, 29 de septiembre.
  8. Tener la unidad familiar de la que forma parte el solicitante ingresos que no superen las cuantías que se establecen en la convocatoria.

Tipos de ayuda: 

  • Desplazamientos en taxi (con fines formativos y de inserción laboral)
  • Adaptación de vehículos a motor (si es medio habitual de transporte para la persona con discapacidad).
  • Ayudas para la adquisición de productos de apoyo

Plazo de presentación de solicitudes: del 21 de marzo al 12 de abril 2018.

 

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