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Fundación Konecta: Ayudas para emprendedores con Discapacidad

Ayudas para el fomento de la autonomía personal y la promoción de la accesibilidad a personas con discapacidad en situación de dificultad o vulnerabilidad social

ORDEN 2166/2015, de 29 de diciembre, de la Consejería de Políticas Sociales y Familia, por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria para el año 2016 de ayudas para el fomento de la autonomía personal y la promoción de la accesibilidad a personas con discapacidad en situación de dificultad o vulnerabilidad social.

OBJETO: ayudas económicas individuales, destinadas a personas con discapacidad física, intelectual o sensorial en situación de dificultad o vulnerabilidad social, imprescindibles para su autonomía personal.

FINALIDAD: colaborar en determinados gastos que se ocasionen, en el año correspondiente a cada convocatoria, para la cobertura de ciertas necesidades derivadas de la discapacidad y que sitúan a la persona en un escenario de dificultad o vulnerabilidad social.

TIPOS DE AYUDAS:

1. Ayudas a la movilidad para:

  • Desplazamientos en taxi (con fines formativos y de inserción laboral).
  • Adaptación de vehículos a motor (si es medio habitual de transporte para la persona con discapacidad).

2. Adquisición de productos de apoyo que suplan los efectos de la discapacidad, favoreciendo su autonomía personal, no contemplados por el sistema sanitario o por otros organismos públicos:

  •  Comunicadores, ordenador personal o tablet para personas con discapacidad física y motora y/o sensorial con problemas específicos de comunicación; amplificador de imagen y/o sonido siempre que no lo contenga el ordenador y exista un déficit visual y/o auditivo; procesador de palabras o “mobil speak”; adaptación de teléfono.
  • Audífonos (solo para mayores de dieciséis años) u otros dispositivos análogos para facilitar la audición.
  • Sistema de alarma para viviendas para personas con discapacidad auditiva (incluye los gastos de instalación y obras de las mismas): Indicador luminoso de llamadas o avisadores luminosos de timbre o telefonillo.
  • Camas articuladas (incluido colchón), colchones antiescaras, elevadores de bañera, equipos posturales, sillas especiales de ducha, grúas y sillas subeescaleras.

PLAZO: 20 días hábiles contando desde el día siguiente a la publicación en el BOCM (Fin: 9 de marzo). ¡¡Atención!!El procedimiento de concesión es concurrencia competitiva, las solicitudes se tramitarán y resolverán por orden cronológico de entrada hasta agotar el crédito presupuestario.

LUGAR DE PRESENTACIÓN: Recomendamos que se presenten las solicitudes en el Registro de la Consejería de Políticas Sociales y Familia de la Comunidad de Madrid situado en la Calle O´Donnell, 50.

Toda la información está disponible en la Web: www.madrid.org    BOCM ayudas individuales

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